PROTOCOLO DE INCREMENTO PATRIMONIAL DEL MUSEO DE PONTEVEDRA

1. OBJETO

Desde su creación el Museo de Pontevedra ha ido reuniendo, por mandato estatutario, diferentes colecciones que partían de la fidelidad a su ámbito pontevedrés de nacimiento, pero dejaban las puertas abiertas a la presencia o recepción de fondos de otras procedencias, tanto gallegas como foráneas. En la actualidad, las colecciones del Museo tienen una configuración especializada en el patrimonio cultural del territorio provincial y de Galicia, especialmente en los ámbitos de la arqueología, el arte, la historia, la numismática, la etnografía, la fotografía y la museología. No obstante, por su propia trayectoria, el Museo cuenta también con importantes fondos que trascienden el ámbito gallego, que también son objeto de especial atención.

Hoy el Museo debe seguir apostando por el incremento racional de sus colecciones para constituir colecciones significativas y de referencia, procurando la selección consciente de obra atendiendo a su significación, al enriquecimiento o complementariedad con los fondos existentes y a su mantenimiento sostenible. La preocupante limitación de espacios de reserva que caracteriza a la mayoría de los museos obliga a ser especialmente cuidadosos en la política de colecciones.

Además de las colecciones incorporadas por el legado de la Sociedad Arqueológica de Pontevedra y de las adquisiciones o depósitos ordenados por la Consellería de Cultura y Turismo en los procedimientos de autorización de intervenciones arqueológicas en el territorio provincial, las donaciones y depósitos han sido, a lo largo de su historia, una forma muy significativa de incremento de la colección del Museo de Pontevedra. Por su condición de servicio adscrito a la Diputación de Pontevedra, estos fondos se incorporan como colecciones patrimoniales de esta y son, por lo tanto, de titularidad pública.

Las conservadoras y conservadores del Museo son el personal técnico que se encarga de considerar aquellas obras que enriquecen sus fondos y que son potencialmente merecedoras de incorporarse a la colección.

2. PROCEDIMIENTO

El procedimiento para el incremento patrimonial debe ser lo más plural posible e incorporar la visión múltiple de diferentes profesionales con la finalidad de reducir la subjetividad en la toma de decisiones.

2.a Informe-propuesta de valoración

El equipo técnico del Museo de Pontevedra, integrado por la Dirección y las conservadoras y conservadores, es el encargado de elaborar un informe-propuesta con la finalidad de valorar las ofertas de las personas particulares, analizar su encaje en las colecciones y proponer su aceptación o no, en virtud de su interés para la institución.

2.b Consulta al Consejo Asesor

El informe-propuesta se trasladará al Consejo Asesor del Museo de Pontevedra para que, en su calidad de órgano colegiado de carácter consultivo y asesor, se pronuncie sobre su contenido. Asimismo, de acuerdo con lo recogido en el Reglamento del Consejo Asesor, en casos de especial complejidad o que necesiten un conocimiento experto específico se podrá invitar a asistir a las sesiones de este consejo a personas especialistas o expertas para informar o asesorar sobre algún aspecto de la propuesta.

2.c Resolución de aceptación y acta de entrega

En caso de que se considere la propuesta de incremento patrimonial, se proseguirá con la tramitación del expediente administrativo. Teniendo en cuenta las distintas modalidades de incremento patrimonial previstas (donaciones, depósitos, legados testamentarios, compraventas...) se atenderá a lo dispuesto en la normativa vigente con las especificidades propias que requiera el caso.

De cualquier modo, se aprobará el incremento patrimonial por el órgano competente según lo establecido en las Bases de ejecución presupuestaria de la Diputación de Pontevedra.

Una vez aprobado el incremento, se firmará la correspondiente acta de entrega y se llevará a cabo su incorporación en el libro de registro del Museo.

3. CRITERIOS

El ingreso de una obra en el Museo demanda un conjunto heterogéneo de trabajos técnicos de registro, documentación, estudio, conservación preventiva y de comunicación y difusión que implican gastos de forma permanente para la institución. Asimismo, desde el punto de vista funcional y operativo, la incorporación de obra nueva necesita de espacios de reserva que siempre son limitados en los museos. Por esta razón, el Museo de Pontevedra solo aceptará aquellas obras o colecciones que destaquen por su singularidad y que enriquezcan o complementen sus fondos con la finalidad de generar colecciones significativas y de referencia.

Para valorar la idoneidad y el encaje en las colecciones existentes, es necesario determinar un conjunto de criterios que sirvan de referencia y permitan adoptar una decisión de la manera más racional y equilibrada posible. A título indicativo, pueden señalarse los siguientes:

  • Atender al ámbito territorial del Museo, centrado principalmente en el territorio de la provincia de Pontevedra y de Galicia
  • Presentar autenticidad y una trazabilidad que permita garantizar su procedencia legal
  • Incorporar un notable valor patrimonial
  • Destacar por su singularidad, calidad o excelencia
  • Constituir una referencia en su campo
  • Enriquecer o complementar las colecciones existentes
  • Mantener la unidad y coherencia de la colección a la que se incorpore
  • No suponer una duplicidad o reiteración de los fondos ya existentes

4. DONACIONES Y DEPÓSITOS

La persona, organización o institución interesada en realizar una donación al Museo de Pontevedra deberá seguir el procedimiento “2901509 Proposta de donación o depósito de obras artísticas al Museo de Pontevedra”, disponible en la sede electrónica de la Diputación. La propuesta debe incluir la máxima información posible sobre la obra, así como acreditación de la titularidad y fotografías generales y de detalle de la obra (por ejemplo, fecha y firma) necesarias para poder evaluarla adecuadamente.

La persona donante o depositaria debe tener en cuenta que, con carácter general, no se admiten condiciones a las donaciones y depósitos, y que la idoneidad de la propuesta se evaluará atendiendo a los criterios de incremento patrimonial señalados y de acuerdo con el procedimiento de valoración descrito. Asimismo, también debe saber que, en caso de aceptar la obra, el Museo asume el compromiso de registrarla, documentarla y conservarla adecuadamente, pero no se compromete a exponer o hacer difusión de ella, cuestiones que quedan supeditadas al programa o necesidades del propio Museo.